¿Qué es el DNSH y por qué es clave para que tu I+D+i consiga financiación?
Ante la amenaza del cambio climático, la financiación de proyectos de I+D+i no se queda atrás y busca una implicación y compromiso reales para ser más sostenible.
La Comisión Europea sentó las bases del principio de DNSH (Do Not Significant Harm, “no causar daño significativo”), una condición a respetar por la que justificamos que nuestra iniciativa a financiar no perjudica el medio ambiente.
Ayudas y subvenciones enmarcadas en fondos europeos, como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia u organismos como el CDTI, recogen la obligatoriedad de respetar el DNSH para que los proyectos de I+D+i sean elegibles.
Por tanto, es altamente recomendable conocer todos los detalles de este principio para saber si nuestra propuesta es amable con el medio ambiente y, por tanto, es financiable.
¿Qué 6 objetivos medioambientales contempla el DNSH?
Debemos asegurarnos de que nuestra actividad económica no afecte a ninguno de los siguientes objetivos medioambientales:
- La mitigación del cambio climático.
- La adaptación al cambio climático.
- El uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos.
- La economía circular.
- La prevención y control de la contaminación.
- La protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.
El DNSH y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
El principio DNSH debe aplicarse en todas aquellas inversiones y reformas llevadas a cabo por los Estados Miembros que se enmarquen en ayudas y subvenciones con fondos europeos, como el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según el Reglamento 2020/852.
De esta forma, si un proyecto presentado no cumple con el principio DNSH, se consideraría como no elegible para financiación bajo ningún concepto.
Aunque no exista una lista exhaustiva de actividades no subvencionables, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico proporciona algunos ejemplos, como aquellos proyectos que impliquen la extracción de petróleo o gas natural, combustibles fósiles, la emisión de gases de efecto invernadero o el tratamiento de residuos no reciclables, entre otros.
Sin embargo, también se contemplan actividades que, aunque no sean de bajo impacto ambiental, son elegibles en casos muy excepcionales y si son debidamente justificados (como, por ejemplo, cuando no se dispone de alternativas viables sostenibles actualmente).
¿Cómo se evalúa el cumplimiento del DNSH?
Para justificar que nuestra actuación de I+D+i respeta el principio DNSH tenemos que aportar la siguiente información:
- Evaluación de los impactos ambientales en cada uno de los 6 objetivos recogidos arriba.
- Informe de Evaluación de cumplimiento del DNSH conforme a la Guía Técnica de la Comisión Europea.
- Según la tipología del proyecto, también debería adjuntarse un Plan de Eficiencia Energética y Transición.