Deducciones fiscales
La Administración General del Estado Español, ofrece la posibilidad de aplicación de una deducción fiscal en la cuota íntegra ajustada, con el objetivo de incentivar las actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en las empresas.
Independientemente del resultado de tu liquidación, tu empresa puede beneficiarse de este incentivo si está sujeta a tributación por Impuesto sobre Sociedades.
Ventajas:
- Son predecibles para cada ejercicio
- Son compatibles con otro tipo de ayudas financieras (subvenciones, anticipos reembolsables…)
- Nos permiten:
- Recuperar entre el 12 y el 42% de los gastos deducibles
- Recuperar el gasto en innovación hasta 15 años atrás
- Conservar el crédito fiscal para los próximos 18 ejercicios
- Reducir un 50% la cuota íntegra
- Solicitar la devolución del crédito fiscal a la AEAT
- Tienen un efecto financiero inmediato, equiparable a la subvención
- Absoluta garantía jurídica y fiscal
Porcentajes:
Los porcentajes de deducción a aplicar son los siguientes:
* La ley no establece un límite de cantidad en la base de gasto deducible