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  • Deducciones fiscales

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    La Administración General del Estado Español, ofrece la posibilidad de aplicación de una deducción fiscal en la cuota íntegra ajustada, con el objetivo de incentivar las actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica en las empresas.

    Independientemente del resultado de tu liquidación, tu empresa puede beneficiarse de este incentivo si está sujeta a tributación por Impuesto sobre Sociedades.

    Ventajas:

    • Son predecibles para cada ejercicio
    • Son compatibles con otro tipo de ayudas financieras (subvenciones, anticipos reembolsables…)
    • Nos permiten:
      • Recuperar entre el 12 y el 42% de los gastos deducibles
      • Recuperar el gasto en innovación hasta 15 años atrás
      • Conservar el crédito fiscal para los próximos 18 ejercicios
      • Reducir un 50% la cuota íntegra
      • Solicitar la devolución del crédito fiscal a la AEAT
    • Tienen un efecto financiero inmediato, equiparable a la subvención
    • Absoluta garantía jurídica y fiscal

     

    Porcentajes:

    Los porcentajes de deducción a aplicar son los siguientes:

    * La ley no establece un límite de cantidad en la base de gasto deducible

    Nuestro proceso de trabajo

    Si quieres saber todos los incentivos que tu empresa tiene a su alcance, ponte en contacto con nosotros para solicitar tu diagnóstico gratuito.